COOPERATIVA DE AHORROS, CRÉDITOS Y SERVICIOS MÚLTIPLES VICTORIA DE JESÚS Y AMIGOS, INC.

(COOPSERMUVI)

Manual de Funciones

Organigrama General:

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0Es la representación gráfica de los distintos órganos directivos y los niveles dependientes de la Gerencia.

La raíz de la estructura jerárquica cooperativa se encuentra en la ley 127, en la cual se fundamenta. En efecto, la referida Ley establece en su Art. 15 como órganos de dirección, administración y control:

  1. a)Asamblea General
  2. b)Consejo de Administración
  3. c)Consejo de Vigilancia
  4. d)Comité de Crédito
  5. e)Otros Comités o Comisiones establecidos en el estatuto de cada entidad

Estos organismos sólo tienen asignadas funciones de apoyo logístico, por lo que, aparte de diseñar, conocer y aprobar las políticas, sus funciones se orientan más hacia la supervisión y control de las actividades, específicamente, el Consejo de Vigilancia y el Comité de Crédito, ya que al Consejo de Administración el estatuto le permite autorizar los niveles de gerencias que consideren necesarias para el mejor funcionamiento de la empresa cooperativa.

 

Asamblea General:

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La Asamblea General es la autoridad suprema de la Cooperativa y sus acuerdos y resoluciones obligan a todos los asociados presentes y ausentes, siempre que se hubiere tomado de conformidad con este estatuto y la ley 127, sobre las Asociaciones Cooperativas y sus reglamentos.

En el asamblea general de socios no tiene ninguna función en el área administrativa, pero sus deberes guardan una relación mucho más profunda que cualquier otro situado en el plano operacional, pues es en esta instancia de control donde se eligen a los tres (3) órganos centrales de dirección (Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Comité de Crédito) y en donde finalmente deben rendir cuenta todos los órganos administrativos y/o ejecutivos de la cooperativa.

Los tres objetivos de la Asamblea General, son:

  1. a)Conocer y aprobar los informes anuales de cuentas y actividades de los tres (3) consejos.
  2. b)Seleccionar por medio de votación democrática, aquellos socios que deseen ocupar dirigenciales en cualquiera de los tres (3) órganos centrales; y
  3. c)Conocer y aprobar las modificaciones requeridas por los estatutos sociales.

Como es notable esos tres (3) objetivos juegan un papel estelar en el desarrollo institucional y por lo tanto, están directamente vinculados a las funciones atribuidas en el art. 35 del estatuto.

La asamblea general deberá conocer:

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A) Separación de los asociados en el caso de apelación de estos, en virtud de una decisión del Consejo de Administración.

B) Modificación del estatuto de la cooperativa.

C) Disolución de la cooperativa

D) Fusión de la cooperativa con otra de igual finalidad.

E) Afiliación a una federación o central.

F) Cambio generales en los servicios de la cooperativa.

G) Examen de cuentas y balances.

H) Conocer los informes de los órganos de administración y control

I) Nombrar y remover con motivos justificativo a los miembros del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Comité de Crédito y Comisiones especiales.

J) Aplicación de los fondos sociales y reservas

K) Distribución de rendimiento, incluyendo la fijación de intereses sobre el capital.

L) Contratación de préstamos para la cooperativa en exceso del 50% del capital pagado de la cooperativa.

M) Aumento o disminución del capital social

N) Enajenar o gravar sus inmuebles.

O) Informes de los Consejos, Comisiones y Comités.

P) Responsabilidad de los miembros de los consejos y los comités al efecto de pedir la aplicación de las sanciones que incumbe o imponen los que sean de su competencia.

Q)Informes de los consejos, comisiones y comités.

R)Aplicación de sanciones disciplinarias a los asociados.

Consejo de Administración:

El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la Asamblea General de Delegados y tendrá la representación de la sociedad.

FUNCIONES:

a)Elegir el Comisión de Educación, el Comisión de Préstamos Morosos y otras Comisiones;

b)Decidir sobre el traspaso y devolución de los certificados de aportaciones y sobre la admisión o renuncia de los socios;

c)Determinar el monto y naturaleza de las fianzas que deben presentar los funcionarios y empleados que custodian y manejan fondos;

d)Fijar las normas prestatarias, cuantías, plazos máximos, interés y naturaleza de garantías;

e)Delegar poderes especiales en los gerentes.

f)Gestionar o adquirir los elementos necesarios para los servicios de la cooperativa.

g)Determinar las tareas y escalas de sueldos a los empleados de la cooperativa.

h)Recomendar a la Asamblea General la distribución de excedentes y el pago de interés sobre los certificados de aportación;

i)Presentar a la Asamblea General los informes y balances generales de la cooperativa;

j)Designar el banco o bancos en los que se depositará el dinero y valores de la cooperativa;

k)Decidir sobre materia de acciones judiciales;

l)Preparar su plan de trabajo y presupuesto anual. Ver que se lleva sin sistema de contabilidad adecuado y que se mantenga al día;

m)Contratar los servicios técnicos y económicos con agencias nacionales e internacionales para lograr los fines y propósitos de la cooperativa;

n)Reglamentar las inversiones de fondos;

o)Nombrar gerentes o administradores de la cooperativa;

p)Contratar prestamos hasta el 50% del capital pagado;

q)Resolver con el IDECOOP las dudas que se encontraren en la interpretación del estatuto.

r)En general, asumir las funciones de reglamentación de los servicios de la cooperativa y ejercer todas aquellas que le corresponda como órgano ejecutivo de los negocios de la sociedad y de que no estén adscritos a otros organismos.

Presidente:

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FUNCIONES:

a)Vigilar el fiel cumplimiento de los estatutos y los reglamentos existentes, y hacer que se cumplan las decisiones tomadas por la asamblea general, sean ordinarias o extraordinarias;

b)Convocar la asamblea general y las reuniones del consejo de administración a través del secretario;

c)Presidir todos los actos oficiales de la cooperativa y ostentar la representación de la sociedad;

d)Abrir con el tesorero, una cuenta bancaria de firma conjunta, firmar, girar, endosar y cancelar cheques, letras de cambios, pagares y otros documentos relacionados con las actividades económicas o financieras de la cooperativa;

e)Autorizar conjuntamente con el tesorero las inversiones de fondos aprobados por el consejo de administración y poner el visto bueno a los balances una vez autorizados;

f)Coordinar las actividades de la cooperativa para que esa funciones como unidad;

g)Realizar otras funciones compatibles con su cargo y que no son de la jurisdicción de la asamblea general;

h)Iniciar actividades que redunden en un mejor servicio para los socios.

Vicepresidente:

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FUNCIONES:

a)El vicepresidente tendrá las funciones y deberes asignadas al Presidente, y asumirá sus funciones en ausencia, fallecimiento o renuncia de éste;

b)Dirigir la comision de educación.

Secretario/a:

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FUNCIONES:

a)Llevar al día las actas de todas las sesiones del Consejo de Administración y de la Asamblea General y el libro de registro de los socios;

b)Firmar junto con el presidente las correspondencias y todo documento que por su naturaleza requieran la intervención de este funcionario;

c)Custodiar el sello de la cooperativa y los libros correspondientes;

d)Desempeñar otras labores que le sean  asignadas por el Consejo de Administración dentro de las limitaciones de estos estatutos.

Tesorero/a:

FUNCIONES:

El tesorero es el administrador general de la cooperativa en ausencia de un gerente, tiene las siguientes funciones:

a)Custodiar la documentación y valores de la cooperativa.

b)Informar quincenalmente al Consejo de Administración sobre el estado económico de la cooperativa;

c)Firmar junto con el presidente los documentos que requieren de su intervención;

d)Realizar las demás funciones que le señale el Consejo de Administración;

e)Firmar conjuntamente con el Presidente los documentos a que hacer referencia en el inciso d del artículo 49 de  los estatutos;

f)Recaudar o ver que se recaudan los ingresos de la cooperativa y disponer que se cobren las sumas adeudas;

g)Depositar o ver que se depositen en la entidad bancaria designada por el Consejo de Administración, el dinero recibido por la cooperativa, según lo dispuesto en estos estatutos;

h)Atender que los registros de contabilidad se lleven con claridad y al día, y reportar de inmediato al Consejo de Administración las fallas o anomalías que se observen.

Órgano Fiscalizador de la Cooperativa: Consejo de Vigilancia

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El Consejo de Vigilancia ejercerá la supervisión y fiscalización de las actividades de la sociedad y tendrá derecho a veto, sólo con el objetivo de que el Consejo de Administración reconsidere la resolución vetada.

FUNCIONES:

Examinar trimestralmente los libros, documentos y balances, y verificar el estado de caja de la Sociedad.

a)Presentar a la Asamblea General un informe de las actividades ejercidas durante el período en que se haya actuado;

b)Denunciar los errores y violaciones que se hayan cometido, promoviendo las medidas correctivas que eviten una repetición;

c)Ordenar la convocatoria extraordinaria a la Asamblea General cuando a su juicio se justifique esa medida, fijando la fecha y lugar de la realización (respetando los plazos establecidos);

d)Proponer a la Asamblea General, la separación o exclusión de un miembro o miembros del Consejo de Administración o del Comité de Crédito, que haya cometido actos lesivos a los intereses de la cooperativa, o que haya violado las disposiciones de estos estatutos. Los cargos deben ser debidamente fundamentada por escrito;

e)En caso de faltas muy graves, solicitar la fiscalización o una auditoria del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP) para detectar y/o verificar las mismas. De verificarse que hubo faltas graves se convocaría a la asamblea general extraordinaria dentro de los diez (10) días siguientes a la verificación de la falta grave;

f)El Consejo de Vigilancia verificará los balances y estados de situación, ante de presentar los mismos a la consideración de los socios. Asimismo, deberá aprobar y rubricar dichos balances generales y estados de situación para que estos sean válidos, disponiendo que una copia de los mismos se fije en un lugar visible de la cooperativa.

g)Llevar a cabo los procesos de investigación en los casos de denuncias sobre las actuaciones, irregularidades, violaciones y faltas de disciplinarias de los socios, empleados y funcionarios. En estos casos debe rendir un informe escrito a la asamblea general.

Comité de Crédito:

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La labor de este comité es de suma importancia para la institución, ya que de el depende la utilización del activo generador de ingresos y su recuperación; cuyo objetivo es arbitrar todas las solicitudes de crédito de los socios, excepto aquellas de los consejos del mismo Comité (que son conocidas y aprobadas en reunión conjunta con los consejos de administración  y vigilancia), de suerte tal, que los prestamos supongan altas posibilidades de recuperación y bajos niveles de riesgos.

PRINCIPALES FUNCIONES:

a)Conocer y aprobar la política de crédito de la cooperativa.

b)Establecer los niveles a prestar con o sin garantía.

c)Determinar los niveles de préstamos especiales o gerenciales.

d)Conocer y aprobar las tasas de interés propuesta por la gerencia.

e)Fijar en cada caso, los periodos de gracias y plazos de amortización.

f)Definir los diferentes riesgos de la cartera de crédito y autorizar la provisión de reservas por valores de deudas a recuperación.

g)Rendir el informe sobre el ejercicio que corresponda ante la asamblea general de socios.

h)Conocer, aprobar o sugerir nuevas modalidades de crédito (líneas, emisiones de tarjetas, convenios recíprocos, etc.).

Estas funciones no están contenidas o redactadas tal cual en sus estatutos, más bien, se trata de derivaciones de los artículos comprendidos del 60 al 68.

Comisión de Educación:

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La comisión ejercerá sus funciones de acuerdo a la política educativa definida por el Consejo de administración  y tendrá específicamente las siguientes atribuciones:

a)Elaborar y presentar al Consejo de Administración un plan de trabajo para el periodo. El mismo deberá estar acompañado del correspondiente presupuesto de gastos.

b)Ejecutar el plan de trabajo aprobado por el Consejo de Administración.

c)Organizar y desarrollar programas de educación cooperativa por iniciativa propia y la coordinación con otras entidades e instituciones afines.

d)Promover y realizar tantas actividades educativas como sea posible, de interés para los socios como para la comunidad en que la cooperativa desarrolla sus actividades.

e)Disponer de los fondos que le hayan sido asignados, previa aprobación del Consejo de Administración.

f)Presentar un informe anual al Consejo de Administración, dando cuentas de las labores realizadas y de la forma en que utilizaron los fondos asignados.

Auditor:

Es el encargado de fiscalizar todas las operaciones realizadas por la cooperativa. Depende directamente del Consejo de Administración.

FUNCIONES:

a)Revisar el sistema de contabilidad y los controles internos que sean elaborados por el contador.

b)Recomendar las modificaciones necesarias a los sistemas de contabilidad y a los controles internos.

c)Revisar todas las operaciones que comprometan directamente a la cooperativa, así como todas sus erogaciones de fondos que por cualquier forma y concepto se realicen.

d)Realizar auditorias detalladas de ingresos y egresos.

e)Participar en el levantamiento de inventario

f)Verificar los Estados Financieros, en cuanto a contenido, presentación, revisión y análisis de cuentas.

g)Certificar los estados financieros que mensualmente sean emitidos por los departamentos correspondientes.

h)Velar por que se mantenga al día y archivados en condiciones de seguridad, todos los registros, pólizas de seguros, documentos y memorias de la cooperativa.

i)Velar porque se dé fiel cumplimiento a la ley orgánica de la cooperativa y a su reglamentación interno, así como a las disposiciones legales relativas a la publicación de los estados financieros, compra y venta de activos, arrendamiento de muebles u inmuebles y cualquier otra operación.

j)Asesorar, cuando el caso lo requiera, al Consejo de Administración, en relación a asuntos de contabilidad, erogaciones de fondos y presupuesto.

k)Informar periódicamente al Consejo de Administración los resultados de su labor, por lo menos una vez al mes.

l)Velar porque se mantenga una efectiva protección a las pertenencias de la cooperativa y recomendar medidas que tiendan asegurar su integridad física.

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Gerencia General:

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El gerente general es el titular responsable ante el Consejo de Administración de la buena marcha de los negocios de la cooperativa.

Este ejecutivo es el responsable final de todas las actividades realizadas por la cooperativa junto al Consejo de Administración. Asimismo, tiene la obligación de facilitar por todos los medios posibles las actividades del Consejo de Vigilancia y del Comité de Crédito.

El objetivo principal del Gerente General es coordinar con el Consejo de Administración, la aplicación de las prácticas administrativas, las políticas financieras, estructura organizacional y el sistema de planeación que mejor responda al funcionamiento de la cooperativa en sus ejecutorias de corto, mediano y largo plazo.

FUNCIONES:

a)Representar judicial y extrajudicialmente a la cooperativa, previa delegación del Consejo de Administración.

b)Ejecutar las decisiones del Consejo de Administración y de la Asamblea General.

c)Cumplir y hacer cumplir las disposiciones estatutarias.

d)Nombrar y remover los empleados de la cooperativa de acuerdo con las normas que fije el Consejo de Administración.

e)Dictar las tareas y reglamentaciones a los que deben someterse los empleados de la sociedad.

f)Realizar una continua labor de adiestramiento del personal.

g)Elaborar o someter al Consejo de Administración, los presupuestos anuales de operaciones, así como el reglamento interno de la cooperativa y sus proyectos financieros.

h)Firmar, previa autorización del Consejo los contratos y operaciones en que intervenga la sociedad; tales como: dar o recibir en calidad de préstamo, enajenar o gravar inmuebles, etc.

i)Hacer que se depositen los fondos de la cooperativa en la entidad bancaria designada por el Consejo de Administración.

j)Recaudar o ver que se recaude los ingresos de la cooperativa y cobrar las sumas que a ésta se adeudan hasta por la vía judicial, si resultare necesario.

k)Presentar al Consejo de Administración, el balance general de la cooperativa, los anexos correspondientes y los balances de comprobación en los periodos establecidos en los estatutos.

l)Presentar ante la Asamblea General Anual la memoria de cada ejercicio fiscal finalizado.

m)Rendir los informes solicitados por los demás órganos administrativos y fiscales de la cooperativa.

n)Aportar sus conocimientos para lograr los objetivos perseguidos.

o)Desempeñar las demás funciones propias de la naturaleza de su cargo y la que le señale el Consejo de Administración.

p)Ejecutar las compras que la cooperativa requiera para la representación de servicios dentro de los limites que le señale el consejo de administración.

q)Responsabilizarse de que la contabilidad se lleve al día y conforme a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.

Contador General:

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El contador (a) General es la persona que debe mantener un adecuado sistema de registro de las operaciones, que permita elaborar informaciones financieras oportunas y confiables para la toma de decisiones.

FUNCIONES:

a)Llevar los registros contables de las operaciones diarias.

b)Preparar mensualmente el balance de comprobación, balance general, estados de excedentes y las informaciones más relevantes de ésta.

c)Conciliar todos los meses las cuentas de aportaciones, de ahorros retirables, depósitos a plazos, cartera de préstamo, así como otras cuentas por cobrar o pagar.

d)Suplir las informaciones que requieran las instituciones que supervisan, fiscalizan y/o prestan algún servicio a la cooperativa.

e)Mantener adecuados registros de efectivos tanto en banco como en caja y verificar la igualdad de los balances con las conciliaciones bancarias.

f)Registrar las emisiones de títulos de inversión y verificar que los mismos disponen de la documentación soporte requerida.

g)Suministrar datos al departamento de cómputos y mantener el flujo de las informaciones a la gerencia.

h)Revisar las solicitudes de pago, los documentos anexos, previo a la emisión de cheques, así como las firmas de las personas autorizadas.

i)Realizar tareas con su posición o a requerimiento de la gerencia.

j)Conciliar mensualmente los intereses ganados y cobrados por la cooperativa producto de inversiones en valores.

k)Mantener actualizado los registros contables computarizados, mayor general, libros o soportes, auxiliares de cuentas por cobrar, propiedad, mobiliario e inmueble, entre otros.

l)Confeccionar los registros mensuales, bien documentados, de todos los pagos anticipados, gastos, pagos, depreciaciones y amortizaciones, así como de ingresos, inventarios de propiedad mobiliaria e inmuebles, etc.

m)Elaborar el informe diario de disponibilidades para la gerencia.

n)Facilitar todo tipo de documentos e información que requiera el Consejo de Vigilancia en sus labores de fiscalización.

o)Velar porque todos los directivos y empleados cumplan con los procedimientos de contabilidad de aceptación general, así como comprobar que los registros se hacen sobre bases uniformes y consistentes.

p)Realizar con buena disposición cualquier otra función que sea propia a su cargo o que requiera la gerencia.

Secretaria/a:

El puesto de una secretaria requiere de un conocimiento adecuado de los métodos y procedimientos de oficina y de relaciones humanas. Su trabajo implica ejecutar funciones regulares y ocasionales de la cooperativa, responder a las necesidades de los departamentos de naturaleza financiera.

FUNCIONES:

a)Coordinar las labores de secretariado general de la gerencia y demás departamentos si lo hubiere.

b)Archivar y custodiar la documentación original de socios, clientes y de la cooperativa.

c)Archivar las correspondencias expedidas y emitidas, así como los expedientes de créditos.

d)Actuar como recepcionista de socios, clientes y llamadas telefónicas.

e)Tramitar invitaciones para reuniones de los consejos.

f)Recibir y realizar llamadas, tomar mensajes, recibir o despachar correspondencias, recortar periódicos y publicaciones de interés de la cooperativa y de los negocios financieros en general.

g)Asignar al personal de conserje las labores de limpiezas, servicios de mensajería y transporte.

h)Controlar al personal de seguridad de la cooperativa.

Cajera/a:

El puesto de una cajera  requiere de un conocimiento adecuado de los métodos y procedimientos del sistema operativo y financiero para la recepción de transacciones de  cobro de préstamos, depósitos, aportaciones, ahorros y seguros, además de atender al socio para su inscripción y solicitud de préstamos.

FUNCIONES:

1) Aperturar el cajero y abrir el día para estar en disposición de atender los servicios que demanden los socios.

2) Ser guardián del dinero que reciba durante su estancia en la posición hasta que entregue al supervisor correspondiente.

3)    Hacer el cuadre conjuntamente con el supervisor para asegurarse que el monto entregado es el monto recibido.

4)    Atender las solicitudes de inscripción de los socios al momento del ingreso a la institución.

5)    Llenar las solicitudes de créditos que sean solicitada por los socios.

6)    Llamar a los socios que estén en atrasos con los préstamos para recordar la fecha del pago.

7)    Promocionar los servicios financieros que ofrece la cooperativa.

 

8)    Administrar el fondo de caja chica con la supervisión del contador general.